El equipo del Primer Tribunal Ambiental se trasladó hasta los sectores de la población Los Industriales y Cerro Chuño en Arica, con el objeto de verificar, en el lugar, los alcances de la demanda interpuesta en 2024 por la Fundación Mamitas del Plomo contra el Estado de Chile, por la presunta afectación derivada de la contaminación por metales pesados que, según afirman, existiría en la zona.
Los ministros, acompañados por el equipo científico y jurídico del tribunal, realizaron diligencias en terreno, lo que permitió conocer mayores antecedentes sobre la causa, recorriendo diversos puntos donde se habría acopiado y trasladado posteriormente los residuos mineros.
La acción judicial se origina cuando un grupo de madres ariqueñas decide demandar al Estado por la eventual afectación de la salud de sus hijos, atribuida a la contaminación de metales pesados abandonados en la comuna puerto por la empresa Promel.
SITIO F
Según sostiene la demandante, en 1984, se habrían trasladado 20 mil toneladas de residuos tóxicos que fueron depositados, en ese entonces, en las afueras de la ciudad, específicamente, en el denominado Sitio F ubicado en el sector de la población Los Industriales. En la demanda, se explica que estos residuos provendrían de la empresa sueca Boliden, entidad que vendió estos materiales a la empresa chilena Promel.
La Fundación cuestiona que las acciones de remediación ejecutadas en su oportunidad han sido insuficientes, existiendo, a la fecha, lugares que no han sido remediados, manteniéndose la exposición de la población a metales pesados. Cuestionan que el lugar en que fueron depositados los residuos carece de medidas de seguridad suficientes para su resguardo, el cual se encuentra cercano a viviendas existentes en el lugar.
“Parte del trabajo del Tribunal es hacerse de antecedentes, de contexto y del terreno mismo. Eso implica realizar algunas pericias, en este caso acompañado por la Bidema (Brigada Investigadora de Delitos Contra la Salud Pública y Medio Ambiente de la Policía de Investigaciones), donde estamos haciendo un screening del suelo para ver la presencia de algunos polimetales presentes y comparar con la data histórica que tiene tanto el sitio F como otros lugares aledaños, incluyendo los lugares donde se ha dispuesto también por la autoridad los residuos de en los años anteriores”, explicó el ministro titular en ciencias, Marcelo Hernández.
Fueron dos jornadas en que se recorrieron nueve puntos de la ciudad y donde se pudo escuchar también a las personas pertenecientes a la fundación que ha llevado adelante este proceso, en busca de demostrar la afectación sufrida por el acopio y manejo de los residuos mineros.
“La idea es que podamos hacer un levantamiento de información, conversación con actores presentes en el territorio actualmente, cuál es el estado del arte y poder nutrirnos de los antecedentes presentados por las partes y tener un mejor análisis técnico científico en esta causa, lo que permite arribar a una mejor decisión”, agregó el ministro Hernández.
Cabe recordar que, en enero de este año, se realizó la audiencia de conciliación, prueba y alegatos finales, oportunidad en que el tribunal pudo escuchar el testimonio de 14 testigos, comunes y expertos. Luego de esta visita inspectiva, el tribunal deberá levantar un acta y revisar los diversos antecedentes de la causa para determinar los próximos pasos.
“El tribunal realizó una diligencia de inspección personal y, en particular, estuvimos en el sitio F, que es el sitio donde habrían sido dispuestos los residuos con polimetales en la década de los 90. Ahora, los ministros del tribunal debemos analizar los antecedentes, evaluar si existe consenso respecto de cómo se resolverá el caso y, de ser así, continuar con el proceso de redacción de sentencia. En caso contrario, corresponde determinar si es necesario recabar algún antecedente adicional”, explicó el ministro Alamiro Alfaro.
DEMANDA
La fundación argumenta que los materiales acopiados no sólo contaminaron el lugar en que se encontraban, sino que, posteriormente, se dispersaron por acción del viento hacia diversos sectores cercanos al Sitio F y al depósito de Quebrada Encantada, lo que facilitó que los contaminantes alcanzaran zonas pobladas.
Plantean también que, según un estudio de la Asesoría Técnica Parlamentaria preparado en enero de 2019, la contaminación por polimetales, en Arica, se produjo por la presencia en altas concentraciones de plomo y arsénico en suelos, debido a que entre los años 1984 y 1985 las empresas Promel y Bolliden Metal (de Suecia) internaron y depositaron en la comuna más de 20 mil toneladas de desechos tóxicos y metales pesados como arsénico, cadmio, plomo, mercurio, cobre y zinc.
Indican que la intención original del proyecto era extraer oro y plata de los residuos, sin embargo, estos fueron abandonados en el Sitio F de propiedad fiscal.
VERSIÓN DEL ESTADO DE CHILE
En su respuesta a la demanda presentada por la Fundación Mamitas del Plomo, el Estado de Chile —a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE)— negó que existan antecedentes suficientes para acreditar una afectación significativa al suelo, aire o agua que configure un daño ambiental conforme con la legislación vigente.
Argumentó que la presencia de metales pesados como arsénico y plomo en la zona responde, en parte, a condiciones geológicas naturales propias del norte de Chile y no necesariamente a una acción u omisión atribuible al Estado. Además, sostuvo que la demanda no demuestra que dichas concentraciones hayan sido incrementadas por intervención humana de manera significativa, ni se explica cómo ese supuesto daño afecta específicamente los componentes del medio ambiente.
Respecto de las acciones estatales, el CDE recalcó que el Estado sí ha adoptado medidas de remediación a través de diversos actos administrativos y materiales, incluso bajo el amparo de una ley especial.
Sin embargo, subrayó que la demanda no reconoce, adecuadamente, esos esfuerzos ni plantea alternativas técnicas viables.
La defensa insistió en que no se puede responsabilizar al Estado por toda la situación sanitaria de Arica, especialmente cuando ya se han ejecutado políticas públicas para contener los efectos del acopio histórico de residuos en sitios como el Sitio F y Quebrada Encantada.
En ese contexto, el CDE afirmó que no existe base jurídica ni técnica para exigir nuevas reparaciones sin una demostración clara del supuesto daño ambiental y su relación causal con actos del Estado.