Extienden autorización excepcional para operación de Quiborax en Salar de Surire

Fecha : 28/05/2025
• En fallo dividido, Primer Tribunal Ambiental amplió medidas cautelares hasta noviembre de 2025.
 

La medida cautelar dictada por el Primer Tribunal Ambiental, en septiembre de 2024, se extenderá hasta noviembre de 2025, lo anterior, en el marco de un Plan de Trabajo que deberá cumplir con exigencias que permitirán a la empresa operar, pero baja estrictas restricciones.

El próximo 31 de mayo expiraba el plazo de las actuales medidas cautelares de la causa entre el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y Quiborax, por el presunto daño ambiental en el Salar de Surire, en la Región de Arica y Parinacota.

Tras la revisión de éstas, se determinó, por dos votos a favor y uno en contra, que se extiende la autorización excepcional para realizar actividades de nivelación en las áreas intervenidas durante el 2024, además del retiro y transporte de ulexita acopiado en el salar hasta noviembre de 2025. Lo anterior, bajo las condiciones, medidas y reportabilidad establecidas.

Además, el tribunal autorizó el régimen de explotación propuesto por Quiborax, en septiembre de 2024, cuando se había decretado la paralización de toda la actividad de operación de la demandada dentro de los límites establecidos en el sitio Ramsar, permitiendo exclusivamente la realización de labores de mantención y conservación del lugar.

Para esto, la demandada, deberá presentar un plan de trabajo que contenga la delimitación precisa de los polígonos de explotación; caracterización topográfica y variables ambientales, caracterización de la fauna y avifauna; identificación de impactos y riesgos de la explotación; detalle técnico del procedimiento de nivelación posterior a la extracción y un sistema de monitoreo y verificación de zonas de exclusión.

POLÍGONOS ESPECÍFICOS
La nueva resolución de medidas cautelares deja en claro que la explotación se podrá realizar en seis polígonos específicos en el área desafectada del salar entre junio y noviembre de 2025.

Esta limitación responde a la necesidad de proteger los ciclos de vida de las especies que ahí habitan, especialmente, los flamencos, cuyas etapas reproductivas coinciden con los meses previos y posteriores al período de extracción propuesto.

Todas medidas que permiten reducir significativamente los impactos potenciales que motivaron la adopción de la medida de paralización original, al focalizar las actividades extractivas fuera del área del Monumento Natural y establecer restricciones físicas y operacionales que buscan proteger los componentes críticos del Salar de Surire.

MEDIDA CAUTELAR
Fue, en septiembre de 2024, que el tribunal decretó la paralización de toda la actividad de la operación de Quiborax en los límites establecidos para el sitio Ramsar del Salar de Surire hasta diciembre del mismo año. Solamente se permitió las labores de mantención y conservación del lugar.

Posteriormente, se autorizó de forma excepcional las actividades de nivelación de las áreas intervenidas durante el año 2024, a lo que se suma el retiro y transporte de material de ulexita acopiado bajo condiciones y medidas específicas.

Medida cautelar que luego se mantuvo, pero se extendió, hasta el 31 de mayo de 2025, bajo condiciones, planes de trabajo y seguimiento determinado. 

 
 
 
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