EL AGUA EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN Y SU USO PARA LA PRODUCCIÓN CAMPESINA

Fecha : 26/08/2022
 

Sr. Director:

La propuesta de nueva Constitución reconoce al agua como un elemento vital, fundamental para la existencia humana y la biodiversidad. Se consagra así como un derecho humano, con lo que se garantiza el acceso al agua potable a quienes habitan el país y se protege su función ecológica y social.

El Estado deberá protegerla en todos sus estados y fases, y al considerarla un bien común natural, es inapropiable, igual que el aire, el mar territorial y las playas. Para su uso, siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas. Además, se busca promover y proteger su gestión comunitaria, de forma participativa y descentralizada.

Que el agua sea un derecho humano significa que se deberá garantizar su uso para producir y sustentarse, por lo que los derechos de agua de riego de las familias campesinas y comunidades indígenas no se tocarán. Por el contrario, el Estado deberá reasignar y otorgar nuevas autorizaciones de uso para aumentar su disponibilidad para agricultura y para que las y los pequeños productores, que actualmente no tienen agua, puedan desarrollar dignamente sus sistemas de vida y prácticas ancestrales. También será su deber redistribuir el agua que hoy está acaparada y que sirve para la especulación y beneficio económico de unas pocas grandes empresas.

Además, las fuentes de agua (glaciares, nieve, ríos y lagos) deberán ser protegidas, lo que limitaría prácticas extractivistas y comerciales, y permitiría devolver más agua a sus cauces naturales.

Daniela Peña Soto
Antropóloga, UAHC, magíster en Antropología y Desarrollo U. De Chile
 

 
 
 
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