Corrigen error histórico y adolescente ariqueño desaparecido en 1986 entra en Informe Rettig

Fecha : 05/03/2026
• Entregan carpeta de calificación de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación a familia de Luis Alberto Pino Soto.
 

En el marco del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos realizó, en Arica, la ceremonia de entrega de la carpeta de calificación de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR) a la familia de Luis Alberto Pino Soto, dando cumplimiento a la sentencia dictada el 28 de enero de 2026 por el 19° Juzgado Civil de Santiago.

Luis Alberto Pino Soto tenía 15 años al momento de su desaparición, estudiaba en la educación media en la ciudad de Arica, donde residía con su familia. Su desaparición ocurrió el 1 de julio de 1986, en vísperas de la protesta nacional y paro convocada por diversas organizaciones para los días 2 y 3 de julio de dicho año.

El Tribunal acogió la acción interpuesta por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Programa de Derechos Humanos, perteneciente a la Subsecretaría de Derechos Humanos, estableciendo que la exclusión de Luis Alberto Pino Soto de la nómina oficial de víctimas del informe Rettig obedeció a un error administrativo de transcripción, pese a que, en su caso, la Comisión se había formado la convicción de su calidad como víctima de violación a los derechos humanos, en sesión formal de diciembre de 1990.

La acción judicial fue interpuesta por la instrucción impartida mediante la Resolución Exenta N°258, de 27 de agosto de 2025, dictada por la Subsecretaría de Derechos Humanos, luego de una revisión exhaustiva de antecedentes históricos en el marco del Plan Nacional de Búsqueda.

Durante la ceremonia, la subsecretaria de Derechos Humanos, Daniela Quintanilla Mateff, destacó el trabajo técnico realizado: “Fue el proceso de revisión documental impulsado en el marco del Plan Nacional de Búsqueda el que permitió identificar esta inconsistencia administrativa. Cuando el Estado detecta un error, tiene el deber de corregirlo. Esta resolución reafirma precisamente ese principio: la búsqueda de la verdad es una obligación permanente”.

La sentencia declaró el deber de incorporar a Luis Alberto Pino Soto en la nómina oficial de víctimas de la CNVR, otorgando certeza jurídica respecto de su calidad de víctima de desaparición forzada.

La actividad contó con la participación de la delegada presidencial regional (s) de Arica y Parinacota, Olga Testa Camp; la seremi de Justicia y Derechos Humanos, Ana Vargas Valenzuela; familiares de la víctima y representantes de organizaciones de derechos humanos de la región.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos reafirmó que el Plan Nacional de Búsqueda no sólo impulsa diligencias orientadas a determinar el paradero de las personas desaparecidas, sino que también contempla la revisión y sistematización de antecedentes históricos para garantizar la verdad, la memoria y la correcta calificación de las víctimas. 

 
 
 
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