Siempre es importante que los ciudadanos conozcan sus derechos y los puedan ejercer libremente. Considerando que se acerca fin de año, período en el cual muchas personas viajan en avión, el Sernac recuerda una serie de nuevos derechos consagrados recientemente en la denominada “Ley Pro Consumidor”.
El pasado 24 de diciembre entró en vigencia la Ley 21.398, conocida también como “Ley Pro Consumidor”. Dicha normativa modificó diversas legislaciones, entre ellas, el Código Aeronáutico, estableciendo para las personas una serie de nuevos derechos al momento de viajar en avión en territorio nacional.
En este sentido, la legislación indica que las aerolíneas deben tomar las medidas necesarias para que los niños menores de 14 años viajen en asientos contiguos al de al menos un adulto de su familia, o de algún adulto incluido en la misma reserva del vuelo.
Además, reconociendo la relevancia que tienen las mascotas en la vida de las personas, la Ley consagra el derecho a que se resguarde su traslado. Así, las aerolíneas deben establecer las condiciones que aseguren razonablemente su seguridad y bienestar.
Por otra parte, la Ley consagra el derecho a que, si un consumidor no utiliza un tramo o trayecto de ida y vuelta en un vuelo nacional, la aerolínea no podrá negar ni condicionar la utilización del resto de la fracción o tramo, si la persona se presenta oportunamente a su regreso al chequeo y embarque.
También si un consumidor no puede embarcarse en un vuelo por causa de una sobreventa de pasajes, tiene derecho a que la empresa le informe por escrito sus derechos, así como las indemnizaciones que les corresponden por la denegación del embarque. Los consumidores afectados tendrán derecho a una compensación de 2 a 20 UF, dependiendo de la distancia del vuelo denegado y el retraso en arribar al destino.
La nueva normativa señala, además, que el pasajero siempre tendrá derecho a que la aerolínea le devuelva lo pagado por las tasas de embarque por un viaje no realizado, lo que deberá hacerse en un plazo máximo de diez días, y a través del mismo medio que utilizó para pagar el pasaje.
Otro punto clave que consagra la Ley es que los consumidores tienen derecho a cambiar un viaje o solicitar la devolución del dinero pagado, si presentan un certificado médico que contenga la razón del impedimento y el período o las fechas entre las cuales se encuentra impedido de viajar en avión. Para ello deberán dar aviso a la aerolínea antes del horario programado del vuelo y deberán presentar el certificado en el plazo de 24 horas desde el aviso.
Finalmente, la Ley integra además el principio pro consumidor respecto del cual las normas de la Ley del Consumidor se interpretan siempre en favor de los consumidores.
También consagra como derechos de los consumidores todos aquellos establecidos en leyes, reglamentos y normativas especiales distintas de la Ley del Consumidor, los que serán irrenunciables y permitirán al Sernac ejercer sus atribuciones legales.